Calendario Fiscal 2025

CALENDARIO FISCAL 2025

 

Anuncio BOG

   

Concepto

Período

Período voluntario de pago

Cobro de recibos domiciliados

Vehículos

Anual 2025

03-03-2025 / 16-04-2025

16-04-2025

Huerta municipal

Anual 2025

15-04-2025 / 02-06-2025

 02-06-2025

Tasa de telecomunicaciones

Anual 2025

15-04-2025 / 02-06-2025

 02-06-2025

Impuesto sobre Bienes Inmuebles          (Urbana y Rústica)

Anual 2025

15-05-2025 / 30-06-2025

30-06-2025

Terrazas

Anual 2025

15-04-2025 / 02-06-2025

02-06-2025

Impuesto sobre Actividades Económicas

Anual 2025

 01-10-2025 / 25-11-2025

25-11-2025

Aparcamiento camiones

Anual 2025

 01-10-2025/ 25-11-2025

25-11-2025

Agroaldea

Anual 2025

 01-10-2025 / 25-11-2025

25-11-2025

Basuras

Anual 2025

La recaudación es gestionada por Gipuzkoako Urak, el cobro de la tasa se realiza junto con la tasa del agua trimestralmente

 

Se establecen los plazos de solicitud de las siguientes exenciones y bonificaciones:

Concepto

Plazo de solicitud

Impuesto de bienes inmuebles: Bonificación familias numerosas

Del 3 de febrero hasta el 3 de marzo

Tasa de suministro de agua y recogida de basuras: subvención ejercicio 2024

Del 1 de septiembre al 30 de septiembre*

* En función de la convocatoria anual que corresponda

 

Mediante Decreto de Alcaldía 2025/005, de 10 de enero, se ha resuelto lo siguiente:

 

PRIMERO. Aprobar el calendario fiscal de los tributos del ejercicio 2025, del Anexo I.

1.1. En el Calendario Fiscal de los Tributos del ejercicio de 2025 se establecen los períodos voluntarios de pago de los Tributos. Los periodos finalizarán el día señalado, o siendo este sábado o inhábil, el inmediato hábil posterior.

Plazo para efectuar el ingreso de las Liquidaciones (ICIO, Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (Plusvalías), Veladores etc ...).

El pago en periodo voluntario debe hacerse en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de la liquidación.

1.2. Las posibles variaciones en los plazos de ingreso señalados en el punto anterior serán aprobadas por la Alcaldía y publicadas al igual que este calendario fiscal: Boletín Oficial de Gipuzkoa y Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

SEGUNDO. Los padrones fiscales, conteniendo las cuotas a pagar y los elementos tributarios determinantes de las mismas, se expondrán al público en las oficinas municipales quince días antes de iniciarse los respectivos periodos de cobro y por un periodo de quince días.

Las cuotas y demás elementos tributarios en cuanto no constituyen altas en los respectivos registros, sino que hacen referencia a un hecho imponible ya notificado individualmente al sujeto pasivo, serán notificadas colectivamente, al amparo de lo que prevé el art. 98.3 de la Norma Foral General Tributaria.

Contra la exposición pública de los padrones se podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la fecha de finalización del periodo de exposición pública.

TERCERO. Este Calendario Fiscal se publicará en el Boletín Oficial de Gipuzkoa y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, a los efectos de cumplir la función de anuncio de cobranza previsto en el artículo 18 de Decreto Foral 38/2006, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

A tales efectos se expresa lo siguiente:

a) Plazos de ingreso: Los plazos de ingreso son los que figuran en el presente calendario fiscal o los que, en su caso, sean modificados por la Alcaldía.

b) Modalidad de cobro: Los recibos domiciliados se cargarán directamente en las cuentas autorizadas de Bancos y Cajas de Ahorro.

Para los no domiciliados, el documento preciso para efectuar el pago de la deuda será enviado, con carácter informativo, por correo ordinario al domicilio fiscal de los obligados al pago.

Cuando no se dispusiere del referido documento, la persona obligada al pago u otra persona que pretenda realizar el pago lo solicitará, dentro del periodo voluntario, en la Oficina de Atención al Registro sito en Lege Zaharren enparantza z/g (Planta primera) de Asteasu en horas de atención al público.

c) Lugares para efectuar el pago:

  • En la Oficina de Atención al Registro, sito en Lege Zaharren enparantza, z/g de Asteasu (Planta primera).
  • En las oficinas y cajeros automáticos de cualquiera de las entidades colaboradoras, presentando el documento de pago correspondiente.
  • A través de la página web municipal www.asteasu.eus (Servicios electrónicos).

d) Transcurridos los plazos señalados como períodos voluntarios de pago, sin haberse efectuado el mismo, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, intereses de demora y, en su caso, las costas que produzcan.